Nuevos Lineamientos para la Opinión de Cumplimiento del IMSS
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó el pasado 7 de octubre en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.300925/288.P.DIR, emitido por su H. Consejo Técnico. Este acuerdo establece nuevos lineamientos para obtener la Opinión de Cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social.
A partir del 1 de octubre de 2025, los patrones que requieran esta Opinión deberán obtenerla exclusivamente a través del Buzón IMSS.
Vigencia de la Opinión de Cumplimiento
Según el acuerdo publicado, la Opinión tendrá los siguientes periodos de validez:
- 15 días hábiles para contrataciones generales.
- 20 días hábiles si el contrato deriva de un procedimiento de compra consolidada.
- 15 días naturales en contratos de obras públicas y servicios relacionados.
Recomendación Importante
A partir de octubre, las Opiniones de Cumplimiento emitidas por el IMSS tendrán una vigencia máxima de 15 días.
Se recomienda verificar su vigencia y solicitar la renovación con anticipación antes de participar en cualquier trámite o contratación, para evitar contratiempos con instituciones públicas o privadas.
¿Necesitas Apoyo?
Nuestro equipo está disponible para ayudarte en la obtención y renovación de Opiniones de Cumplimiento del IMSS, así como en el cumplimiento de tus obligaciones en materia de seguridad social.
Para mayor información sobre este comunicado, por favor ponerse en contacto con nosotros.
Comité
Carmen Salgado Nolasco
Carolina Nuñez Solis
Denise Espinoza Mesa
Victor Fabian Muñiz Salgado
Hugo Rodriguez Olveda
Ismael Cueto Valdez
Referencia:
La información de esta publicación está basada en: Diario de la Federacion


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